¿Deben los gobiernos financiar software libre?

A medida que se extiende el uso de las telecomunicaciones e internet como una infraestructura social más, suge una pregunta importante: ¿hasta que punto debe la administración pública financiar y liberar aplicaciones?.
Condiciones para el desarrollo público de aplicaciones libres.
En general, la administración debería liberar una aplicación cuando se cumplan una de estas cuatro condiciones.
a) La aplicación ha sido íntegramente desarrollada con dinero público, y, por consiguiente debe ser un bien colectivo disponible para toda la sociedad.
b) La aplicación desarrollada es un algoritmo o un interfaz de uso muy común, no sujeto a patentes, y que es evidentemente de interés general.
c) La aplicación desarrollada es necesaria para cumplir con algún trámite electrónico obligatorio con el estado (tal como el pago de la seguridad social o la presentación de libros contables).
d) Cuando la disponibilidad de los fuentes sea necesaria para poder garantizar la seguridad y la continuidad de un servicio de misión crítica.
– Es interesante poner de manifiesto que se deben liberar no sólo las aplicaciones sino también la información obtenida con dinero público: estudios estadísticos, y demás datos de utilidad.
Restricciones a la liberación de aplicaciones.
a) La restricción más inmediata es la de aquellas aplicaciones que atañen a la seguridad del estado. En estos casos las restricciones de propiedad intelectual no son suficientes y los programas deben protegerse mediante un conjunto de leyes adicionales.
b) La siguiente restricción es la distorsión del mercado o la competencia desleal con fabricantes independientes de software. Por poner un símil, no es lo mismo construir una línea férrea que un campo de golf. El estado debe garantizar la disponibilidad de las infraestructuras básicas pero no debe entrar en la prestación de servicios finales que sean cometido del sector privado.
c) El estado no debe subvencionar desarrollos cuyo fin no es el aplicativo de software en si mismo sino la generación de un tejido industrial. O, al menos, no debe hacerlo sin el acuerdo previo con otros estados, pues ello constituiría, al menos en el marco de la UE, una financiación ilegal de las empresas por parte del estado.
Apoyo indirecto mediante la adopción de proyectos prerabricados.
El estado es libre (como cualquier otro cliente) de tomar las deciciones de compra que considere oportunas en cada momento.
Es lógico exigir que una aplicación basada en web sea compatible con Internet Explorer porque más de el 90% de los internautas usan IE.
Asimismo, también es legítimo llegar a la conclusión de que comprar software Open Source es más beneficioso en algunos casos que comprar licencias EULA y, por consiguiente, exigir en un pliego de requisitos que el software adquirido sea abierto.
El resto de las discusiones carecen de sentido; es como si la metalurgia se enzarzara en una batalla comercial con los fabricantes de cemento por dilucidar si es mejor construir puentes de hormigón o de acero.
Otro punto a considerar es que el estado debe comprar aquellos proyectos que, con las mismas prestaciones, supongan un ahorro de costes para el herario público, y, en este punto concreto, las aplicaciones libres habitualmente llevan ventaja.
Tipo de licencia.
En principio, lo más adecuado sería una licencia de tipo copyleft. Aunque no hay ningún motivo por el cual la liberación no pudiera llevarse a cabo mediante licencias estilo GPL.

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