Iba a escribir un post sobre la nueva Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a las Administraciones Públicas (LAECAP), pero Fernando Acero ya ha escrito prácticamente todo lo que había que escribir en su post No entienden lo que es neutralidad tecnológica.
Sólo agregar que, aunque les pongamos a caer de un guindo por la frase “utilización de estándares abiertos y estándares internacionales reconocidos” (Artículos 4.i, 10.5, 35.1 y 42.4) el establecimiento del derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con la administración es un gran paso adelante dentro del marco comunitario europeo hacia la e-Administración.
A mi me, personalmente, hubiera bastado con una declaración de intenciones no vinculante para estar contento, es decir, algo así como que se usarán preferentemente estándares abiertos o, en su defecto, estándares internacionales reconocidos. Vale que no puedan comprometerse a cambiar de un plumazo todo a estándares abiertos, pero la redacción actual es casi como decir que usarán lo que mejor les parezca en cada momento según la dirección en la que sople el viento en ese instante.
Artículo relacionado: El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información mantiene su concepto de Neutralidad Tecnológica (El Rincón del Marginado)
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