Principios legales del American Law Institute respecto al software

Daniel López de Bitrock me ha pasado un enlace al comentario de Mark F. Radcliffe en DLA Piper respecto de los principios legales aplicables a los contratos de software publicados por el American Law Institute (ALI), un texto que parece haber en su contra alianzas tan curiosas como a Microsoft Corporation con la Linux Foundation.
Los principios del ALI pretenden ser una guía para jueces acerca de cómo interpretar y aplicar la ley con respecto a los contratos de software.
Los detalles más peliagudos son los que respectan a la capacidad para exigir responsabilidades e indemnizaciones. Por ejemplo, se establece que se puede demandar a los proveedores por defectos materiales ocultos en el caso de que ellos fuesen conocidos en el momento de entregar el producto. Como bien apunta Radcliffe, para empezar, existe el problema de definir inequívocamente qué es un «defecto material» de software y qué significa que esté «oculto». Llevado a sus últimas consecuencias, este principio sería extremadamente peligroso para la industria. Dado que cada día se sacan versiones y se encuentran nuevos bugs, es prácticamente imposible publicar una release sin defectos conocidos de los cuales no ha habido tiempo de informar a los usuarios antes de comenzar la distribución.
Por mucho que los clientes y usuarios deseen sentirse seguros y protegidos, no es razonable intentar exigir responsabilidades sobre un producto que, en la práctica, es imposible de garantizar que esté 100% exento de defectos.

Compartir:
  • Twitter
  • Meneame
  • Facebook
  • Google Bookmarks
Esta entrada fue publicada en Entorno Legal del Software Libre. Guarda el enlace permanente.